Si eres usuario de redes sociales, seguro que en más de una ocasión has publicado fotos en ellas; pueden haber sido fotos personales hechas por ti, fotos hechas por amigos o fotos de terceros que no conoces. Pero ¿te has parado a pensar si realmente podías publicar esas fotos?, ¿si no estabas vulnerando derechos de imagen o de autor?, ¿y si has usado fotos para promocionar el perfil de tu negocio? En este artículo vamos a hablar del uso indebido de fotos en las redes sociales, para que podáis evitarlo, así como evitar sus posibles consecuencias.
En este artículo hablamos de:
Redes sociales como Facebook, Twitter o Instagram son usadas a diario por millones de personas y a diario también se comparten millones de fotos; fotos de personas, de paisajes, de monumentos, de obras, de lugares, etc. Y raramente nos paramos a pensar si realmente podemos publicar algunas de esas fotos o leemos los términos y condiciones de las redes sociales sobre el uso y publicación de fotos y lo que implica.
Pero lo cierto es que, en ciertas ocasiones, podríamos estar haciendo un uso indebido de fotos en las redes sociales, porque hay imágenes que no podemos difundir públicamente. Nos referimos a fotos en las que aparecen personas que pueden ser reconocidas, fotos en las que aparecen menores que pueden ser reconocidos, donde debemos considerar los derechos de imagen y, según quien las publique, el RGPD, y fotos sujetas a derechos de autor.
Cuando las fotos se publican en un perfil personal
Quizás estés pensando que si publicas fotos en tu perfil personal, independientemente del tipo de foto, no hay ningún problema, pero en realidad sí que puede haberlos con determinadas fotografías.
En concreto con las fotos en las que aparezcan personas que pueden ser reconocidas y cuyo consentimiento no hayas pedido para publicar las fotos.
Es cierto que pocas veces (o ninguna) pedimos permiso a amigos o familiares para compartir nuestras fotos con ellos en nuestras redes sociales, quizás porque lo damos por supuesto, pero no deberíamos, porque si alguien no quiere que su imagen esté en redes sociales, está en su derecho de pedirnos que la retiremos y nosotros en la obligación de borrarla. De no hacerlo, la persona podría denunciar la foto a la red social, pidiendo su retirada o, incluso denunciarnos a nosotros por difundir su imagen sin su consentimiento.
El problema se agrava si el perfil lo tenemos público, porque eso significa que cualquier persona, en cualquier parte del mundo con acceso a esa red social, puede ver las fotos que publiquemos.
¿Qué ocurre si en nuestras fotos aparecen personas que no conocemos, que pasaban por allí cuando tomamos la foto? Exactamente lo mismo, si esas personas pueden ser reconocidas (sus rostros son claramente visibles), necesitamos su consentimiento para publicar la foto. Como conseguirlo es complicado, por no decir imposible, lo ideal sería subir la foto con esos rostros difuminados o pixelados.
Y no, aunque una persona tenga publicadas fotos suyas en sus redes sociales, eso no nos da permiso automáticamente para publicar fotos en las que aparezca en nuestras redes sociales. Una persona tiene derecho a su propia imagen, a gestionarla y controlarla y aunque publique fotos suyas, puede no querer que nadie más lo haga.
Si controla nuestra privacidad digital y nuestra privacidad en las redes sociales ya es complejo, se complica aún más si cualquiera puede publicar fotos nuestras sin nuestro permiso expreso, por ese motivo las propias redes sociales disponen de mecanismos para que podamos denunciar fotos en las que aparecemos y que no queremos que sean públicas.
Y cuando hablamos de fotos de personas, nos referimos a cualquier tipo de foto, desde fotos de reuniones de amigos, eventos o celebraciones, hasta fotos de carácter íntimo o índole sexual, aunque difundir estas últimas sin el permiso de alguno de sus protagonistas se considera un hecho grave y un delito, como veremos más adelante.
Cuando las fotos se publican en el perfil de una empresa
Son muchas las empresas o profesionales que cuentan con perfil profesional en redes sociales para promocionarse e interactuar con sus clientes o usuarios y no es extraño que en esos perfiles se publiquen fotos.
Cuando las fotos son promocionales, sacadas de bancos de imágenes, no hay ningún problema. Pero cuando en las fotos que se suben aparecen clientes o usuarios que pueden ser reconocidos, entonces sí que podría haber problemas si antes de publicarlas no se ha recabado el consentimiento expreso de esas personas.
En este caso no solo hablaríamos de vulnerar los derechos de imagen, sino también la normativa de protección de datos, ya que las fotos, cuando las personas pueden ser reconocidas, se consideran datos de carácter personal y, por tanto, están protegidas por dicha normativa.
Cuando las fotos usadas están sujetas a derechos de autor
Aún hay quien piensa que porque una imagen esté publicada en Internet, puede copiarla y publicarla donde quiera o usarla para sus propios fines, sin necesidad de pedir permiso al autor de dicha imagen. Sin embargo, no es así y la utilización de imágenes sin autorización puede tener consecuencias (como veremos más adelante).
Las fotos, como los libros, están sujetas a derechos de autor en el mismo momento en que son creadas y esos derechos pertenecen al fotógrafo o a quien este haya podido ceder los derechos de explotación de la imagen.
Compartir una foto con derechos de autor (y sí, hasta tus fotos de aficionado tienen derechos de autor, aunque un poco más limitados al tratarse de «meras fotos» y no «fotos originales») en tu perfil personal y privado en redes sociales probablemente no suponga ningún problema, siempre que no te atribuyas la autoría, y especialmente si citas al autor. Pero eso no quita que el fotógrafo o el titular de los derechos pueda solicitarte que retires la foto de tu cuenta, si así lo desea.
Ahora, más problemático es usar fotos con derechos de autor con fines comerciales, cuando no está permitido por el autor o el titular de los derechos, porque estarías cometiendo una infracción de la Ley de Propiedad Intelectual. O publicar una foto atribuyéndote su autoría, cuando no eres tú el autor, porque estaríamos hablando de plagio.
Ya lo hemos ido adelantando en los apartados anteriores, pero el uso indebido de tus fotos en las redes sociales puede tener consecuencias económicas e, incluso, penales.
A nivel particular, publicar fotos de terceras personas sin su consentimiento puede ser considerado un delito contra la intimidad, independientemente de que la foto se tomase con consentimiento o sin él. El artículo 197 del Código Penal establece las penas para el delito de descubrimiento y revelación de secretos, puesto que al difundir fotografías sin el consentimiento de la persona que aparece en ellas, especialmente si han sido captadas en el ámbito privado, se considera una vulneración de su intimidad:
- Cuando las fotos han sido tomadas sin consentimiento y son difundidas por quien las haya hecho, las penas son de 2 a 5 años de prisión.
- Si las fotos las difunde un tercero a quien hayan podido llegarle, conociendo además el origen ilícito, las penas son de 1 a 3 años de prisión y multa de 12 a 24 meses.
- Si las fotos que se publican sin autorización han sido tomadas con el consentimiento de la persona que aparece en ellas, las penas serán de 3 meses a un año o multa de 6 a 12 meses.
Estas penas también se aplican cuando se vulnera la protección de datos personales.
Además, a estas penas podrían sumarse las sanciones en protección de datos que puede imponer la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos), si se denuncian los hechos ante ella. Y las indemnizaciones que pueden reclamar por la vía Civil las personas afectadas, si se demuestra que su derecho a la privacidad ha sido vulnerado, es decir, la publicación de dichas fotos les ha provocado algún perjuicio que afecte a su honor o su imagen.
Por otro lado, cuando lo que se vulneran son los derechos de autor, el Código Penal también contempla delitos contra la propiedad intelectual, en concreto en los artículos 270 a 272. Están castigados con multas de entre 12 y 24 meses y penas de prisión de entre 6 y 4 años cuando existe ánimo de lucro, sea este directo o indirecto, o causen algún daño o perjuicio a terceros.
Ya has visto que el uso indebido de fotos en las redes sociales puede tener consecuencias serias, por ello, antes de subir una foto debes pararte a valorar si realmente puedes subir esa foto, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
Derecho a la propia imagen
Si aparecen personas que pueden ser identificadas o reconocidas en tus fotos, siempre debes pedir su consentimiento antes de publicarlas en tus redes sociales; el derecho a la propia imagen, como hemos visto, está protegido tanto por la Constitución Española como por la Ley Orgánica 1/1982 de Protección Civil del Derecho al honor, la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
Si solicitar ese consentimiento no es posible, porque son fotos tomadas en espacios públicos y no conoces a las personas que aparecen en ellas, difumina o pixela sus rostros antes de publicarlas.
Si quieres usar este tipo de fotos para promocionar tu negocio, recuerda que estás tratando datos de carácter personal y necesitas el consentimiento expreso de los titulares de los datos para poder hacerlo.
Derechos de autor
Si quieres subir imágenes de terceros en tus redes sociales, antes debes comprobar qué tipo de licencia de uso tienen. Recuerda que toda fotografía está sujeta a derechos de autor, aunque eso no significa que no puedan usarse, ya que hay fotógrafos que permiten el uso y comunicación de sus obras a través de licencias creative commons, solo tienes que informarte de los requisitos de la licencia que estén usando.
Si quieres saber más sobre esta materia, puedes encontrar más información en nuestro artículo sobre cómo saber si una foto tiene derechos de autor.
Especial cuidado cuando las fotos son de menores de edad
Los derechos de los menores de edad siempre gozan de una mayor protección y esto se aplica también a su imagen y la protección de datos personales de menores.
Muchas veces no somos conscientes de los peligros en las redes sociales, especialmente para los menores, y podemos compartir fotos de nuestros hijos, sobrinos o primos sin pararnos a pensar en hasta dónde y a quién pueden llegar esas fotos, por no mencionar en los propios derechos del menor a su propia imagen, puesto que pueden no querer que se publiquen fotos suyas en redes sociales.
Para publicar una foto de un menor de edad mayor de 14 años, necesitamos su consentimiento, de la misma forma que necesitamos el de un adulto. Y para menores de 14 años, es necesario el consentimiento de sus padres o tutores legales.
Lo más importante, el consentimiento
Lo hemos ido comentando en diferentes puntos, pero lo más importante que debemos considerar a la hora de publicar una foto en redes sociales en la que aparezcan personas que puedan ser identificadas, es pedir y recabar su consentimiento, si no lo hacemos, en cualquier momento esas personas podrán pedirnos que retiremos las fotos en las que aparecen y, como ya dijimos, estaremos en la obligación de hacerlo, si no queremos enfrentar las consecuencias que describimos más arriba.
Lo mismo ocurre para empresas y profesionales, pero desde la perspectiva de la protección de datos, puesto que para usar fotos en las que aparecen personas identificables, es necesario recabar el consentimiento expreso de las mismas, informándoles de los fines para los que serán utilizadas dichas fotos y atendiendo sus solicitudes de derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición cuando quieran ejercerlos.
Sí, puedes denunciar el uso indebido de fotos en redes sociales cuando tu rostro sea reconocible o se trata de imágenes privadas y/o índole sexual.
Puedes tanto denunciarlo a la propia red social y solicitar la retirada de la foto, como ante la AEPD (si son imágenes de carácter sexual o violento, puedes incluso recurrir al Canal Prioritario) y a las propias autoridades policiales o judiciales. Recuerda, solo tú tienes derecho a controlar tu propia imagen y lo que se hace con ella y, el consentimiento que una vez diste para publicar una imagen tuya, puede ser revocado también.
En cuanto a fotos con derecho de autor, podrás denunciar las fotos en la propia red social, como una vulneración de derechos de autor, además de poder recurrir a la denuncia o querella ante la policía o el juzgado.
Esperamos que este artículo sobre el uso indebido de fotos en las redes sociales haya aclarado tus dudas respecto a qué fotos no debes publicar en redes sociales sin el consentimiento de quien en ellas puede aparecer o cuando pueden estar sujetas a derechos de autor.
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